En el marco del denominado "Liberation Day", la Casa Blanca activa medidas arancelarias extraordinarias a partir del 5 de abril de 2025. Esta declaratoria, emitida el 2 de abril de 2025 por la Oficina Ejecutiva del Presidente de los EE.UU., establece una emergencia nacional económica conforme a la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA) y pone en marcha un nuevo esquema de aranceles recíprocos con aplicación inmediata sobre las importaciones hacia EE. UU.
El presidente Trump calificó el 2 de abril como un día de "liberación económica" y afirmó que "será recordado para siempre como el día en que renació la industria estadounidense".
EE. UU. frente al déficit y la desindustrialización
La implementación del programa de aranceles recíprocos bajo el "Liberation Day" se enmarca en un escenario de crecientes tensiones comerciales y desafíos estructurales para la economía estadounidense. Según cifras oficiales, el déficit comercial de EE. UU. superó los 1.2 billones de dólares en 2024, una cifra récord impulsada principalmente por desequilibrios con economías asiáticas y europeas.
Este déficit ha coincidido con una pérdida sostenida de participación de Estados Unidos en la manufactura global: mientras en 2001 representaba el 28.4% de la producción industrial mundial, para 2023 la cifra cayó al 17.4%. Adicionalmente, sectores estratégicos como el automotriz se han visto afectados por prácticas arancelarias asimétricas; por ejemplo, EE. UU. impone un arancel del 2.5% a los automóviles importados, mientras que India impone hasta un 70%.

Esta combinación de factores ha sido presentada por la administración como una amenaza directa a la soberanía económica y a la seguridad nacional, motivando la adopción de un enfoque más agresivo en materia de comercio exterior.
Marco regulatorio: IEEPA y declaratoria presidencial
La IEEPA permite al Presidente de los EE.UU. imponer restricciones económicas cuando existen amenazas inusuales y extraordinarias al comercio y la seguridad nacional. En este caso, la orden se justifica con base en:
- Déficits comerciales persistentes.
- Pérdida de competitividad industrial.
- Vulnerabilidad en cadenas de suministro estratégicas.
Entrada en vigor del programa arancelario:
- 5 de abril de 2025: Arancel base de 10% para la mayoría de las importaciones.
- 9 de abril de 2025: Aranceles elevados para países con mayores déficits comerciales con EE. UU.

Esquema general de aranceles
La estrategia arancelaria establecida en el marco del "Liberation Day" se estructura sobre dos niveles: un arancel base general del 10% aplicable a la mayoría de las importaciones y tarifas agravadas dirigidas a países con mayores desequilibrios comerciales con EE. UU. Esta sección resume los fundamentos, exclusiones y alcances de ambos esquemas.
Arancel base: 10%
Se aplicará un arancel del 10% ad valorem a todas las importaciones hacia EE. UU., con excepciones limitadas. El objetivo es equiparar condiciones fiscales internacionales y proteger la manufactura nacional.
Exclusiones clave:
- Productos cubiertos por otras disposiciones (por ejemplo, Sección 232: acero, aluminio, automóviles).
- Insumos estratégicos: semiconductores, cobre, madera, productos farmacéuticos.
- Energéticos y minerales no producidos en EE. UU.
- Bienes exentos por disposición del 50 USC 1702(b).
Aranceles agravados para países con déficit
Como parte del programa de aranceles recíprocos del "Liberation Day", Estados Unidos impondrá tarifas agravadas a los países con los cuales mantiene los déficits comerciales más altos. Estas tarifas superan el 10% base y se ajustan proporcionalmente al volumen del déficit bilateral, buscando disuadir prácticas que se consideran desequilibradas o desleales en el comercio internacional.
A continuación, se presentan una tabla con los aranceles específicos por país que han sido anunciados como parte del programa de aranceles recíprocos del "Liberation Day":


Arancel específico para vehículos
Además de los aranceles base y agravados, se impone un arancel específico del 25% a todos los vehículos de pasajeros fabricados fuera de Estados Unidos. Esta medida, de alto impacto en la industria automotriz global, entrará en vigor a partir del 3 de abril de 2025 a la medianoche. Busca incentivar el ensamblaje nacional, proteger empleos manufactureros y fomentar el regreso de inversiones industriales.

Implicaciones para México y Canadá
Tanto México como Canadá cuentan con medidas temporales de exclusión parcial de los nuevos aranceles recíprocos, derivadas de órdenes ejecutivas previas vinculadas a temas de cooperación migratoria y combate al tráfico de fentanilo. Sin embargo, estas medidas están condicionadas a su vigencia y al cumplimiento riguroso de las reglas de origen establecidas por el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC o USMCA).
Para el caso de ambos países:
- Bienes conformes al T-MEC: 0% de arancel.
- Bienes no conformes al T-MEC: 25% de arancel.
- Energía y potasa no conforme al T-MEC: 10% de arancel.
En caso de que se deroguen las órdenes ejecutivas que actualmente respaldan la exclusión:
- Los bienes no conformes provenientes de México o Canadá estarían sujetos a un arancel recíproco del 12%.
Este escenario refuerza la importancia de mantener controles documentales sólidos y certidumbre jurídica en el cumplimiento de reglas de origen.

Consideraciones técnicas para exportadores y procesos aduanales
Certificados de origen
Es indispensable revisar los criterios de origen aplicables y garantizar su documentación adecuada. Esto implica validar la trazabilidad de la producción, la procedencia de insumos y el cumplimiento con los requisitos específicos del T-MEC, especialmente en sectores sensibles como autopartes, textil, agroindustria y electrónicos. Un error u omisión en este proceso puede derivar en la pérdida del beneficio arancelario y la aplicación inmediata de tarifas recíprocas.
Análisis de clasificación arancelaria
Una clasificación arancelaria incorrecta puede desencadenar la reasignación de fracción y la imposición de aranceles agravados. Es fundamental revisar el código arancelario con base en la descripción técnica y funcional del producto, apoyándose en opiniones anticipadas o resoluciones vinculantes si es necesario. Esto permitirá mitigar riesgos en auditorías, inspecciones o procesos de verificación en frontera.
Uso de plataformas logísticas estratégicas
Ante este nuevo escenario comercial, la selección de rutas y nodos logísticos se vuelve una herramienta de cumplimiento. Cabrera Llamas recomienda aprovechar esquemas como IMMEX y almacenes fiscalizados, además de operar estratégicamente desde Manzanillo para carga marítima y Laredo para cruce terrestre. Estas ubicaciones permiten mayor control, trazabilidad y tiempos de reacción más ágiles ante cambios normativos o requerimientos de autoridad.

Conclusión
La imposición de estos nuevos aranceles representa una transformación profunda en la política comercial de EE. UU. y exige una reconfiguración inmediata de estrategias de cumplimiento, documentación y cadena de suministro por parte de exportadores mexicanos.
Consulta el documento oficial emitido por la Casa Blanca para conocer el texto íntegro y los fundamentos técnicos de esta medida: "Liberation Day" Fact Sheet (1° de abril de 2025).