Cambios Principales en las RGCE
Acrónimo MULTI-IEPS
Se adiciona el acrónimo "MULTI-IEPS" para referirse a la declaración informativa múltiple del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
Formatos y requisitos
- RGCE 1.1.10: El formato para solicitar acceso al Sistema de Operación Integral Aduanera (SOIA) cambia de "F1" a "F2".
- RGCE 1.2.2: Los trámites comprendidos en el Anexo 2 podrán presentarse temporalmente mediante escrito libre mientras se actualizan los formatos en la Ventanilla Digital.
Ajustes en agentes aduanales
- RGCE 1.4.2: Se elimina el párrafo que permitía designar mandatarios tras el fallecimiento o incapacidad de un agente aduanal.
- RGCE 1.4.11 y 1.4.13: Se eliminan reglas relacionadas con la modificación y notificación de designación de agentes aduanales sustitutos.
Cambios en recintos fiscalizados
- RGCE 2.3.4: Los recintos fiscalizados estratégicos ahora deben informar el mismo día a través del SEA el arribo de mercancías.
- RGCE 2.3.10: Los lineamientos para el trámite de gafetes electrónicos de identificación de aduanas serán publicados en el Portal de ANAM.
- RGCE 2.4.12: Los lineamientos para realizar el despacho aduanero con dispositivos tecnológicos serán consultados también en el Portal de ANAM.
Beneficios Eliminados y Nuevas Obligaciones
Empresas de mensajería y paquetería
- RGCE 3.1.1: Se elimina el beneficio de declarar un RFC genérico.
- RGCE 3.7.3: La renovación automática del registro para empresas de mensajería y paquetería, con vigencia de dos años, queda eliminada. La DGJA publicará en el Portal de ANAM las empresas registradas bajo esta regla.
- RGCE 3.7.4: Estas empresas ahora deben notificar tanto a la AGACE como a la DGIA cuando utilicen procedimientos simplificados, además de determinar las contribuciones conforme a la regla 3.7.35.
Importaciones simplificadas
- RGCE 3.7.5:
- Se reduce el monto máximo permitido para beneficiarse de este esquema de $2,500 a $1,000 dólares.
- Se eliminan beneficios cuando no se declare valor o cuando la descripción sea genérica.
- Solo se podrá aplicar a mercancías que no hayan sido destinadas previamente a regímenes de depósito fiscal o recintos fiscalizados estratégicos.
Cambios Específicos en Beneficios Fiscales
- RGCE 3.7.15: El beneficio de sustitución de embargo ahora aplica al último párrafo del artículo 151 de la Ley Aduanera, en lugar del penúltimo párrafo.
- RGCE 3.7.20: Cambia el número de ficha de trámite "148/LA" a "56/LA" para solicitudes de cumplimiento de NOM de información comercial.
- RGCE 3.7.35:
- Se elimina la exención de IGI e IVA para mercancías con valor igual o menor a $50 dólares, aplicando ahora una tasa global del 19%.
- Para productos bajo TLCP, PAAP y TIPAT con valor menor a $1 dólar, se conserva la exención de IGI e IVA.
- En el caso del TMEC, la exención aplica para valores menores a $50 dólares; entre $50 y $117 dólares, se aplicará una tasa del 17%.
Impacto en Operaciones Aduaneras
Nuevas reglas para despacho aduanero
- RGCE 4.2.11: La autorización para importación temporal de embarcaciones debe incluir una manifestación de residente nacional que asuma responsabilidad solidaria.
- RGCE 4.6.1: Se adiciona el traslado de mercancías entre el Aeropuerto Internacional General Mariano Escobedo y Salinas Victoria B (Interpuerto).
- RGCE 4.8.2: Mercancías terminadas clasificadas en los Capítulos 50 al 64 de la TIGIE solo podrán permanecer en recintos fiscalizados estratégicos hasta por tres meses.
Conclusión
Las modificaciones a las RGCE para 2025 buscan modernizar los procesos de comercio exterior y mejorar el control fiscal. Estas actualizaciones representan un cambio significativo para las empresas del sector, por lo que es esencial mantenerse informado y preparado.
Consulta el documento oficial en el Diario Oficial de la Federación para obtener más detalles sobre estas modificaciones. Además, te invitamos a revisar el boletín completo de Cabrera Llamas, que contiene el listado técnico y completo de todas las modificaciones publicadas, garantizando información precisa y detallada para tu consulta.
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