Cambios en los Anexos de las RGCE
Anexo 22: Instructivo para el llenado del pedimento
Apéndice 8: Identificadores
- CS - Copia Simple: Se elimina la frase final "... identificados por la SE" en el apartado complemento 2.
- MJ - Operaciones de mensajería:
- Se elimina la condición de aplicabilidad exclusiva para mercancías con valor no mayor a $50 dólares.
- Ahora, el identificador se aplica solo a operaciones bajo las reglas 3.7.5 y 3.7.35.
Apéndice 20: Pago electrónico
Se adiciona este apéndice para detallar los 12 campos necesarios para los pagos electrónicos:
- Etiqueta: PAGO ELECTRÓNICO.
- Nombre de la institución bancaria: Entidad autorizada para recibir el pago.
- Patente: Número del agente o apoderado aduanal.
- Pedimento:
- Último dígito del año en curso.
- Numeración progresiva asignada por aduana.
- Aduana: Código de tres dígitos.
- Línea de captura: Generada por el SEA, alfanumérica.
- Importe de pago: Incluye caracteres especiales.
- Fecha de pago: En formato dd-mm-aaaa.
- Número de operación bancaria: Transacción única del banco.
- Número de transacción SAT: Identificador único del SEA.
- Medio de presentación: "Otros medios electrónicos".
- Medio de recepción: "Efectivo - Cargo a cuenta".
Conclusión
Las modificaciones en estos anexos apuntan a una mayor claridad en la gestión de pedimentos, pagos electrónicos y documentación de origen, reforzando la transparencia y eficiencia del comercio exterior.
Consulta el documento oficial en el Diario Oficial de la Federación para obtener más detalles sobre estos cambios. Además, revisa el boletín completo de Cabrera Llamas para acceder al listado detallado de las modificaciones.
Explora las otras partes de esta serie
Continúa descubriendo todos los detalles sobre las actualizaciones y cómo pueden impactar a tu operación en comercio exterior. Explora nuestra serie completa sobre las actualizaciones a las RGCE para 2025 y mantente informado: